ema 1.2 Organizaciones dentro de la Estructura del Control Fiscal

11.05.2015 12:07

Tema 1.2   Organizaciones dentro de la Estructura del Control Fiscal

I.   Organizaciones Nacionales o locales:

  

  1. Contraloría General de la República: Es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos, goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control. Esta prevista en el artículo 287 de la Constitución.

 

La Contraloría General de la República está bajo la dirección y responsabilidad del Contralor   General de la República, quien debe ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años y con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo.

El Contralor   General de la República será designado   para un período de siete años.

Art. 288 CRBV

 

  1. Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional: Es parte integrante del sistema nacional de control. Tendrá a su cargo la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos afectos a la Fuerza Armada Nacional y sus órganos adscritos, sin menoscabo del alcance y competencia de la Contraloría General de la República. Su organización y funcionamiento lo determinará la ley respectiva y estará bajo la dirección y responsabilidad del Contralor General de la Fuerza Armada Nacional, quien será designado   mediante concurso de oposición.

           Art. 291 CRBV

  1. Ministerio Público: Garantizar en los procesos judiciales los derechos y garantías constitucionales, la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.

           Art. 285 CRBV.

  1. Defensoría del Pueblo: Promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos-

             Art. 280CRBV

 

II.     Organizaciones Internacionales

1)    Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS): es un organismo internacional, autónomo, independiente, apolítico y de carácter permanente, que remonta sus orígenes al Primer Congreso Latinoamericano de Entidades Fiscalizadoras – CLADEFS, celebrado en CaracasVenezuela, en 1963, ante la necesidad de un foro superior para intercambiar ideas y experiencias relacionadas a la fiscalización y al control gubernamental . Actualmente OLACEFS es uno de los siete grupos regionales de trabajo de la INTOSAI.

 Cumple funciones de investigación científica especializada y desarrolla tareas de estudio, capacitación, especialización, asesoría y asistencia técnica, información y coordinación al servicio de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, EFS, de América Latina y del Caribe, todo ello con el objeto de fomentar su desarrollo y perfeccionamiento.

Principales Atribuciones:

 • Promover y realizar estudios sistemáticos de investigación en materia de control y fiscalización del manejo de los recursos públicos y difundir sus resultados entre sus miembros;

• Orientar, organizar y realizar cursos de adiestramiento, especialización y postgrado, así como, seminarios y eventos especiales principalmente para el personal de los miembros de la Organización que cumplan tareas técnicas de control y fiscalización;

• Promover la prestación de servicios de asesoría y asistencia técnica a sus miembros en materia de control y fiscalización del manejo de recursos públicos;

 • Servir como organismo de enlace entre las entidades fiscalizadoras superiores de otras naciones atendiendo consultas y fomentando el intercambio de especialistas;

 • Mantener contacto de carácter científico y técnico con instituciones y organizaciones de otras regiones del mundo, especializadas en control y fiscalización del manejo de recursos públicos;

• Crear Comisiones y Comités, por subregiones, áreas funcionales, asuntos y/o temas específicos, según sea conveniente;

• Establecer relaciones con expertos de control y fiscalización del manejo de los recursos públicos, así como con organismos universitarios, de financiamiento del desarrollo y de agremiación profesional para obtener su concurso.

2)    INTOSAI: Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores: es la organización central para la fiscalización pública exterior. Desde más de 50 años la INTOSAI ha proporcionado un marco institucional para la transferencia y el aumento de conocimientos para mejorar a nivel mundial la fiscalización pública exterior y por lo tanto fortalecer la posición, la competencia y el prestigio de las distintas EFS en sus respectivos países. De acuerdo al lema de la INTOSAI, 'Experientia mutua omnibus prodest" el intercambio de experiencias entre los miembros de la INTOSAI y los consiguientes descubrimientos y perspectivas constituyen una garantía para que la fiscalización pública avance continuamente hacia nuevas metas. 

La INTOSAI es un organismo autónomo, independiente y apolítico. Es una organización no gubernamental con un estatus especial con el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC).

La INTOSAI ha sido fundada en el año 1953 a iniciativa del entonces Presidente de la EFS de Cuba, Emilio Fernández Camus. En 1953 se reunieron 34 EFS para el primer Congreso de la INTOSAI en Cuba. Actualmente la INTOSAI cuenta con 192 miembros de pleno derecho y 5 miembros asociados.SAI cuenta con 192 miembros de pleno derecho y 5 miembros asociados.

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